REQUISITOS TRÁMITE JURISDICCION VOLUNTARIA
TRAMITE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
Muchas veces nos preguntamos , cuál es el procedimiento a seguir en un proceso de jurisdicción , aquí trataré de resolver varias de nuestras dudas
Muchas veces nos preguntamos , cuál es el procedimiento a seguir en un proceso de jurisdicción , aquí trataré de resolver varias de nuestras dudas
Es importante recalcar que la jurisdicción voluntaria permite acudir a los operadores de justicia (Jueces) y Notarios facultados para algunos procesos demarcados por la Ley, para los primeros mencionados debemos tener en cuenta los siguientes trámites:
La demanda debe reunir los requisitos generales reunidos para cualquier proceso contencioso excepto los del demandado pues no existe.
Debe estar acompañado de los anexos que obligatoriamente debe allegarse con la demanda, el poder, prueba de la representación del demandante, si es necesario y las pruebas que reposen en poder del solicitante.
La demanda se puede retirar antes de ordenado el auto que la admita y se puede reformar antes que se notifique el auto que decrete pruebas.
Cuando se de el desistimiento no necesariamente se condenas en costas si no hay oposición alas pretensiones desistidas, pero si alguien se opone ala demanda en gastos, procede la condena en costas a favor del opositor.
El auto admisorio de la demanda se desarrolla con el art 651 y simultáneamente se ordenaran las citaciones y publicaciones alas que hubiere lugar, se decretaran las pruebas pedidas, las que de oficio ordene el juez y señalara el termino de 15 días para su practica.
Una vez se haya notificado el auto admisorio al agente del ministerio publico, este podrá pedir pruebes dentro de lo 3 días siguientes a su notificación.
Expirado el término de pruebas y sin que exista oportunidad precisa para alegatos. Se procede a dictar la respectiva sentencia que de requerir ejecución debe cumplirla el mismo despacho judicial que lo decreto. (No cabe el trámite de excepciones)
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